Estimadas y Estimados Socios:
Junto con saludar cordialmente y esperando se encuentren bien, les escribo con motivo de mantenerlos actualizados de los nuevos instrumentos disponibles.
En esta ocasión se trata del “Programa Crece” de SERCOTEC que permite a las empresas beneficiadas formular e implementar un Plan de Trabajo, que puede incluir Acciones de Gestión Empresarial (gastos en promoción, publicidad y difusión) e Inversiones, que permitan potenciar su crecimiento, consolidación y/o el acceso a nuevos negocios.
- En esta ocasión se cuenta con dos convocatorias, en primer lugar para el caso de empresas con Inicio de Actividades en Primera Categoría hasta el 30 de junio de 2019.
¿A quién va dirigido?
- Personas naturales o jurídicas, con iniciación de actividades en primera categoría hasta el 30 de junio de 2019 ante el Servicio de Impuestos Internos, con una actividad económica vigente, y con ventas netas demostrables anuales iguales o superiores a 100 UF e inferiores o iguales a 25.000 UF.
- Cooperativas, con iniciación de actividades en primera categoría, con ventas promedio por asociado inferiores a las 25.000 UF, lo que se calcula con el monto de las ventas totales de las cooperativas dividido por el número de asociados.
- *Las empresas no deben haber presentado disminución de ventas, comparando el total de ventas del período 1 (julio – agosto – septiembre de 2019) con el total de ventas del período 2 (julio – agosto – septiembre de 2020).
El beneficio corresponde a un subsidio por el cual se podrán financiar Acciones de Gestión Empresarial y/o Inversiones identificadas, por un por un monto que va desde los $ 4.000.000 hasta un máximo de $5.000.000.
- En caso de incluir Acciones de Gestión Empresarial, se deberá considerar un monto máximo de $1.000.000. Cada empresa debe financiar cualquier impuesto asociado a su proyecto.
- Cada empresa seleccionada deberá entregar un aporte empresarial, el cual corresponderá al 2% del subsidio SERCOTEC.
- Para el caso de empresas con Inicio de Actividades en Primera Categoría a partir del 1 de julio de 2019 las consideraciones que se deben tener en relación a lo indicado previamente son las siguientes:
- Dirigido a:
- Personas naturales o jurídicas, con iniciación de actividades en primera categoría a partir del 1 de julio de 2019 ante el Servicio de Impuestos Internos, con ventas netas demostrables anuales iguales o superiores a 35 UF e inferiores o iguales a 25.000 UF. Para efectos de la antigüedad, la fecha de inicio de actividades no puede ser posterior al 1 de marzo de 2021.
- Cooperativas, con iniciación de actividades en primera categoría, con ventas promedio por asociado inferiores a las 25.000 UF, lo que se calcula con el monto de las ventas totales de las cooperativas dividido por el número de asociados.
- No se considera el requisito que involucra variación en el nivel de ventas.
Las postulaciones se encuentran disponibles hasta las 15:00 hrs del 24 de agosto de 2021, les recordamos además leer detenidamente las bases de la convocatoria antes de postular.
Se adjunta documento PDF elaborado con el formato de la Guía Económica Regional que resume la información.
Saludos cordiales,
SOLEDAD PIÑEIRO CORTES
GERENTE CCISA